ANADig: Las diez claves para entender la causa. Diario Perfil

domingo, 30 de mayo de 2010

Las diez claves para entender la causa. Diario Perfil


1 La causa se inició en 1999 con la presentación de dos familias de desaparecidos que reclaman la filiación de los hijos adoptivos de la dueña de Clarín, Ernestina Herrera de Noble. Las familias son Gualdero-García y Miranda-Lanouscou. La primera reclama por la identidad de Felipe y la segunda por la de Marcela.
2 En 2007, por resolución judicial, se aceptó en la causa a las Abuelas de Plaza de Mayo como querellantes, en representación de las demás familias de desaparecidos que tuvieron hijos en cautiverio en 1976 y que también quieren saber si los hijos adoptivos de la dueña de Clarín pueden ser hijos suyos.

3 La adulteración de los expedientes de adopción y la fecha en que fueron adoptados Marcela y Felipe (entre mayo y junio de 1976) son los dos elementos que abren la sospecha de que los hijos de la dueña de Clarín podrían ser hijos de desaparecidos.

4 La causa se inició con el juez federal Roberto Marquevich quien, el 17 de diciembre de 2002, ordenó la detención de Ernestina Herrera de Noble por el delito de falsedad ideológica de documento público. Marquevich fue destituido por mal desempeño a causa de esa detención y la empresaria fue liberada.

5 El expediente pasó a manos de Conrado Bergesio, a cargo del juzgado federal Nº2 de San Isidro. Este juez tuvo la causa hasta el 29 de abril de este año. Fue removido por la Cámara Federal de San Martín, a pedido de la fiscal federal Rita Molina, quien consideró que Bergesio había dilatado innecesariamente la instrucción. La causa pasó a manos de Sandra Arroyo Salgado, titular del juzgado federal Nº1 de San Isidro.

6 Hace falta un análisis de histocompatibilidad entre el material genético de Marcela y Felipe y las 500 muestras de familiares de desaparecidos que se encuentran a resguardo en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG). Por ley, el análisis debe hacerse allí.

7 Marcela y Felipe Noble Herrera se sacaron sangre voluntariamente en el Cuerpo Médico Forense, que depende del Poder Judicial. Lo hicieron con la condición de que ese material sólo se cotejara con las dos familias reclamantes y que la pericia tuviera lugar allí, ya que consideran que el BNDG, al pertenecer al Poder Ejecutivo, no les ofrece garantías. Al día siguiente, el juez Bergesio realizó dos allanamientos en los domicilios de los jóvenes e incautó prendas íntimas.

8 Ayer, la jueza Arroyo Salgado ordenó otro allanamiento, esta vez en la casa de la madre, y le quitó medias y prendas íntimas a los jóvenes. Todo, junto con las muestras de sangre, irán al BNDG para que se realice la pericia.

9 Es legal que un juez incaute objetos íntimos para obtener ADN desde que se modificó, a fines de 2009, el artículo 218 bis del Código Penal. Se establece este mecanismo para el caso en que las presuntas víctimas no quieran sacarse sangre voluntariamente.

10 Es un método alternativo que se acepta para este tipo de casos, porque lo que se investiga es un presunto delito de lesa humanidad, la apropiación de menores y supresión de estado civil.

ANADig, desde Facebook, Silvia Goñi

2 comentarios:

  1. He aquí un claro ejemplo de como se construye una realidad a la medida de quienes la escriben. Toda esta información en esos medios que mencionan al principio no existe, solo podemos enterarnos a través de la red, un saludo grande para Uds.

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  2. muchos vivimos engañados duraNTE AÑOS CON O POR PERIODISTASque ,pagados distorcionaban las informaciones pero la vida a trves de los años te dvuelve todo

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